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LA INSCRIPCIÓN DE JUGADORES EN COMPETICIONES UEFA

Tras el periodo vacacional, volvemos a iniciar la temporada con nuevos posts analizando la actualidad desde la óptica jurídica y normativa.

Como todos conocéis hoy a las 23:59 finaliza el plazo de fichajes veraniego en las principales ligas europeas, según estipula la FIFA en su normativa, además este plazo es coincidente con la fecha que tienen todos los equipos participantes en competiciones europeas para remitir sus listas definitivas para participar en las respectivas fases de grupos de las competiciones UEFA.

Entrando en detalle, a las 24:00 CET todos los equipos participantes en la UEFA CHAMPIONS LEAGUE y la UEFA EUROPA LEAGUE (en adelante, UEL) deben remitir las listas definitivas con los jugadores que participarán en esas competiciones continentales. Por tanto, conviene recordar la normativa que regula estas inscripciones y los tipos de lista y peculiaridades que existen. En primer lugar cabe señalar que la UEFA distingue entre una Lista A, de jugadores con licencia en el club, y una Lista B, ilimitada en la que se pueden inscribir jugadores que hayan nacido después del 1 de Enero de 1992 y hayan estado inscritos en ese club un mínimo de 2 años desde sus 15 años. En relación con la Lista B recordamos el caso de Óliver Torres que no pudo disputar la UEL la temporada pasada con el Atlético de Madrid por no poder acreditar ese mínimo de 2 años de inscripción en equipos del club al tener ficha con el Atlético Madrileño, club independiente del ATM y con personalidad jurídica propia.

Con relación a la lista A, que es la que nos interesa, el artículo 18 apartado 08 de las “Regulations of the UEFA Champions League 2013/2014” (idéntica redacción en la normativa de la UEL) establece que ningún club podrá inscribir a más de 25 jugadores. Y además, establece un sistema de cupos, al establecer que “un mínimo de 8 plazas están reservadas a jugadores formados localmente” reseñando que  4 de ellos hayan sido formados por el club en cuestión. Además el citado artículo establece que en el Anexo VIII de la normativa se pueden apreciar las 35 combinaciones que tienen los clubes para completar la lista A en función del número total de jugadores inscritos, que puede variar entre 17 y 25.

Llegados a este punto, hay que tener claro, por un lado que la UEFA establece un sistema de cupos en el que diferencia jugadores formados en el club, jugadores formados en la federación del club y el resto de jugadores, y por otro, que el número total de jugadores que puedas inscribir en la Lista A dependerá del nº de jugadores formados localmente que inscribas.

El artículo 18.10 del citado reglamento establece la definición del jugador formado en el club, como “aquel jugador, que entre los 15 y los 21 años (según su fecha de nacimiento) haya estado registrado en el club, durante un periodo, continuado o no, de tres temporadas completas o de 36 meses.” Y el artículo 18.11 define al jugador formado en la federación como “aquel jugador, que entre los 15 y los 21 años (según su fecha de nacimiento) haya estado registrado en el club o en cualquier club afiliado a la misma federación, durante un periodo, continuado o no, de tres temporadas completas o de 36 meses.”.

Para mayor entendimiento ponemos los siguientes ejemplos cotejando las combinaciones que constan en el citado Anexo VIII de la normativa UEFA. Un club que no tenga jugadores formados localmente, ni de su club ni de ningún club adscrito a su federación de pertenencia, sólo podrá inscribir en la Lista A un máximo de 17 jugadores. Por el contrario aquel club que inscriba en la Lista A a 8 jugadores formados en su cantera podrá inscribir en competiciones europeas el máximo de 25 fichas permitido.

Por último informar que la Lista A no se podrá modificar hasta el mercado de invierno, coincidente con el mercado invernal de fichajes, en el que los equipos podrán sustituir un máximo de 3 jugadores en las listas remitidas en septiembre. En cuanto a la Lista B, se puede modificar durante la competición siempre que se haga antes de las 24:00 horas del día anterior a la disputa del encuentro.

Estaremos pendientes de las inscripciones que realizan los equipos españoles y todos los rivales europeos de nuestros equipos. Cualquier duda ya sabéis dónde nos encontrarnos….

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Categoria CHAMPIONS LEAGUE, FIFA, UEFA

LAS VENTAJAS DE SER UN CLUB FORMADOR

Tal y como hemos explicado en diversos post desde @deportedeley, el traspaso internacional de jugadores, reporta ciertos beneficios a todos los clubes formadores del jugador en particular.
                                                                     foto: blog.cuidadoinfantil.net
En el anterior post analizábamos el traspaso de Jesús Navas por el Manchester City, en base al punto 1 del Anexo 5 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia del Jugador (en adelante RETJ), el cual establece que:

 “Si un jugador profesional es transferido durante el periodo de vigencia de un contrato, el 5 % de cualquier indemnización pagada al club anterior, salvo de la indemnización por formación, se deducirá del importe total de esta indemnización y será distribuida por el nuevo club como contribución de solidaridad entre el club o los clubes que a lo largo de los años han formado y educado al jugador. Esta contribución de solidaridad se realizará proporcionalmente, en función del número de años que el jugador ha estado inscrito en cada club durante las temporadas comprendidas entre la edad de 12 y 23 años, de la forma siguiente:

Temporada del 12º cumpleaños: 5 % (es decir 0.25 % del total)

Temporada del 13º cumpleaños: 5 % (es decir 0.25 % del total)

Temporada del 14º cumpleaños: 5 % (es decir 0.25 % del total)

Temporada del 15º cumpleaños: 5 % (es decir 0.25 % del total)

Temporada del 16º cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % del total)

Temporada del 17º cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % del total)

Temporada del 18º cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % del total)

Temporada del 19º cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % del total)

Temporada del 20º cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % del total)

Temporada del 21º cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % del total)

Temporada del 22º cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % del total)

Temporada del 23º cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % del total)

En el presente mercado de fichajes se está produciendo un importante número de traspasos de jugadores españoles, o formados en España, a cualquiera de las ligas extranjeras y por tanto un gran número de clubes de base se ven o pueden verse beneficiados, por ello vamos a intentar analizar de manera breve las cuantías de jugadores traspasados o a punto de fructificar su traspaso y los clubes que deben recibirlas:

(Importante: Todos los datos de las trayectorias de los jugadores y de las cuantías de los traspasos se han obtenido consultando diversas fuentes en internet y por tanto podrían tener variaciones con relación a las trayectorias y cuantías oficiales)

.- Joaquin Sanchez fue traspasado por 2.000.000 € a la Fiorentina. 100.000 € a los clubes formadores:

            .- 60.000 € Real Betis Balompié

            .- 40.000 € Los Frailes y C.D. SAFA San Luis

.- Jose Callejón traspasado al Nápoles por 10.000.000 €. 500.000 € a los clubes formadores:

            .- 99/00 – 01/02: 75.000 € Agrupación Deportiva Costa Tropical

            .-02/03 – 07/08. 275.000 € Real Madrid C.F. (club vendedor)

            .- 08/09 – 10/11: 150.000 € RCD Espanyol

.- Thiago Alcántara traspasado por 25.000.000 € al Bayern Munchen.  1.125.000 €* a los clubes formadores:

            .- 03/04 – 04/05: 112.500 € E.D Val Miñor

            .- Resto F.C Barcelona (club vendedor)

*En este caso, se ha descontado un 0,5% del total (5%) dado que el jugador cumple los 23 años en la temporada 13/14 conforme a lo establecido en el anexo 5 del Comentario al RETJ  

En otro orden, señalamos que los jugadores J. Amat y Alejandro Pozuelo fichados por el Swansea estuvieron toda su trayectoria deportiva, a estos efectos, en el mismo equipo que realizó el traspaso y por tanto no es necesario el cálculo de la contribución por solidaridad. Y Cañas que también ha firmado por el Swansea ha llegado con la carta de libertad.

Por último señalar, tres operaciones que están a punto de concretarse:

.- Ezequiel Garay al Manchester United por 20.000.000 €. 1.000.000 € a los clubes formadores:

            .- Hasta 04/05: Newell’s Old Boys (Argentina)

            .-05/06 – 08/09: 400.000 € Real Racing Club de Santader

            .-09/10: 100.000 € Real Madrid C.F. (a parte del acuerdo privado con el Benfica) 

.- Raúl Albiol al Nápoles por 12.000.000 €. 600.000 € a los clubes formadores:

            .- 97/98 – 03/04 y 05/06 – 08/09: 540.000 € Valencia C.F.

            .- 04/05: 60.000 € Getafe C.F.

.- Alvaro Negredo al Manchester City por 25.000.000 €. 1.250.000 € a los clubes formadores:

            .- 97/98 – 04/05: 750.000 € Rayo Vallecano

            .- 05/06 – 06/07: 250.000 € Real Madrid C.F.

            .- 07/08 – 08/09: 250.000 € U.D. Almería

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Categoria TRANSFERENCIAS

LA RFEF PUEDE RECIBIR 150.000 € POR EL TRASPASO DE NAVAS

Acaba el fútbol y empiezan los fichajes, y desde @deportedeley siempre intentamos estar bien informados de las noticias de actualidad para intentar aportar datos diferentes en base a la aplicación de la normativa.

Como ya informamos en nuestro post «FUTBOL SOLIDARIO» , la normativa FIFA establece en el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia del jugador la aplicación del mecanismo de solidaridad, estableciendo en el artículo 21 lo siguiente:

“Si un jugador profesional es transferido antes del vencimiento de su contrato, el club o los clubes que contribuyeron a su educación y formación recibirán una parte de la indemnización pagada al club anterior (contribución de solidaridad). Las disposiciones sobre la contribución de solidaridad se establecen en el anexo 5 del presente reglamento.”

                                                                  foto: javipalma.blogspot.com
El pasado lunes se confirmó por parte del Sevilla F.C. el traspaso del jugador Jesús Navas al Manchester City por un importe de 20 millones de € (Según la prensa nacional). Por tanto y en base al citado artículo, un 5% de esa cantidad, les corresponde a los clubes formadores.

Según distintas consultas realizadas, @deportedeley ha confirmado que Jesus Navas fichó por el Sevilla F.C. en edad cadete, habiendo jugado con anterioridad en el equipo de su pueblo, la Unión Deportiva Los Palacios.

El punto 1 del Anexo 5 del mismo texto normativo establece que:

“Si un jugador profesional es transferido durante el periodo de vigencia de un contrato, el 5 % de cualquier indemnización pagada al club anterior, salvo de la indemnización por formación, se deducirá del importe total de esta indemnización y será distribuida por el nuevo club como contribución de solidaridad entre el club o los clubes que a lo largo de los años han formado y educado al jugador. Esta contribución de solidaridad se realizará proporcionalmente, en función del número de años que el jugador ha estado inscrito en cada club durante las temporadas comprendidas entre la edad de 12 y 23 años, de la forma siguiente:

– Temporada del 12.º cumpleaños: 5 % (es decir 0.25 % del total)

– Temporada del 13.º cumpleaños: 5 % (es decir 0.25 % del total)

– Temporada del 14.º cumpleaños: 5 % (es decir 0.25 % del total)

– Temporada del 15.º cumpleaños: 5 % (es decir 0.25 % del total)

– Temporada del 16.º cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % del total)

– Temporada del 17.º cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % del total)

– Temporada del 18.º cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % del total)

– Temporada del 19.º cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % del total)

– Temporada del 20.º cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % del total)

– Temporada del 21.º cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % del total)

– Temporada del 22.º cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % del total)

Temporada del 23.º cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % del total)”

Por tanto hasta este punto, debemos considerar que los clubes formadores, esto es, la Unión Deportiva Los Palacios y el Sevilla F.C., deben repartirse un millón de euros (5% del importe del traspaso) conforme a lo dispuesto en la tabla.

Conforme a la trayectoria anteriormente citada del jugador Jesus Navas se deduce que a la Unión Deportiva Los Palacios le corresponde la contribución de los tres primeros años, esto es 12º, 13ª y 14º cumpleaños, lo que se traduce en 150.000 € (0,75 del importe del traspaso).

Pero en este punto se debe señalar que el apartado 2.3 del antedicho anexo 5 dispone:

“Una asociación tendrá derecho a recibir el porcentaje de la contribución de solidaridad, la cual en principio se debería a uno de sus clubes afiliados, si logra aportar prueba irrefutable de que el club en el que se formó y educó el profesional ya no participa en el fútbol organizado y/o ya no existe; en particular, por motivo de bancarrota, liquidación, disolución o pérdida de afiliación. Esta indemnización se destinará a programas de desarrollo del fútbol juvenil de la asociación o asociaciones en cuestión.”

Este apartado es importante, dado que la Unión Deportiva Los Palacios desapareció al finalizar la temporada 2010/2011 por motivos económicos, dando lugar a un nuevo club denominado “Los Palacios Club de Futbol”, tal y como señalan en su página web.

Por todo ello, desde @deportedeley consideramos que, la Real Federación Española de Fútbol tendría derecho a recibir la contribución de solidaridad de 150.000 € del traspaso de Jesus Navas, siempre que demostrara a la FIFA la desaparición de la Unión Deportiva Los Palacios.

Si bien aclarar que este artículo no es la opinión de los que formamos @deportedeley, simplemente la aplicación de la normativa vigente. Desde nuestro punto de vista, La RFEF debería solicitar esa contribución, para que no se perdiese y realizar algún tipo de convenio con el club de Los Palacios para que se beneficiara de esa contribución.

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Categoria FIFA, RFEF, TRANSFERENCIAS