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GOL DE KIESSLING: REPETIR O ASUMIR EL ERROR

La imagen del “gol fantasma” de Stefan Kiessling que a la postre dio la victoria al Bayer Leverkusen en su encuentro contra el Hoffenheim, “recorrió como la pólvora” las redes sociales el pasado viernes. Lamentablemente estamos acostumbrados a otros “goles fantasmas” que llegan a traspasar la línea de gol pero no se conceden, como por ejemplo el de Lampard en el partido frente a Alemania del pasado Mundial 2010, pero no es usual que se conceda gol cuando el balón entra en la portería por un agujero en el lateral de la red. Desde @deportedeley queremos aprovechar este caso para aportar argumentos al manido debate del rearbitraje de partidos de fútbol.

La temporada pasada ya nos hicimos eco en @deportedeley del recurso presentado por el Real Valladolid en su partido en Mestalla cuando el árbitro del encuentro señaló un saque de banda a favor del club pucelano pero permitiendo que ponga el balón en juego el Valencia, acabando la jugada en gol de Jonas (ANTECEDENTES QUE DAN LA RAZON AL VALLADOLID”).  Como era de esperar los comités disciplinarios de la RFEF decidieron rechazar la argumentación presentada por el club vallisoletano, entendiendo que no cabía la repetición del encuentro.  Aunque en el caso del gol de Kiessling se trate de otra Federación, la normativa de aplicación es la misma, a saber la Regla 5 de las Reglas Oficiales de Juego de FIFA:

“Las decisiones del árbitro sobre hechos relacionados con el juego, incluidos el hecho de si un gol fue marcado o no y el resultado del partido, son definitivas. El árbitro podrá modificar su decisión únicamente si se da cuenta de que es incorrecta o, si lo juzga necesario, conforme a una indicación por parte de un árbitro asistente o del cuarto árbitro, siempre que no se haya reanudado el juego o finalizado el partido.”

Este precepto se reproduce en la normativa de todas las Federaciones y constituye el argumento principal sobre el que se sustenta la imposibilidad de revisar en sede federativa los errores arbitrales. Pero la jurisprudencia distingue entre errores de apreciación del colegiado y errores técnicos en la aplicación del reglamento o normativa vigentes. En cuanto a los primeros tenemos sobrados ejemplos recientes de goles marcados con la mano o en fuera de juego o que aun no rebasando la línea de gol fueron concedidos por el árbitro al no apreciar éste infracción alguna y de los que los distintos comités disciplinarios no han admitido recurso alguno para su revisión en aras del buen orden deportivo o el famoso principio pro competitione.

En relación con los errores técnicos, tenemos un ejemplo en 2005 en el que la FIFA modifica su doctrina ordenando la repetición del encuentro entre Uzbekistán – Bahrein por un error en la aplicación del reglamento por parte del árbitro que ante la entrada de jugadores locales en el lanzamiento de un penalti, en lugar de mandar repetir el lanzamiento como dicta la normativa, señaló libre indirecto en contra del lanzador. La propia Bundesliga ha tenido antecedentes de repeticiones de partidos por entender que el arbitró no erró en la apreciación de una determinada jugada sino que aplicó incorrectamente el reglamento, como el Bayern- Nuremberg de 1994-95 o el Munich 1860- Karlsruhe de la temporada 1997-98.

En consecuencia, los comités no revisan las decisiones arbitrales porque, acertadas o no, son definitivas e irrefutables. Pero de vez en cuando, las resoluciones de algunos comités revisan diferentes decisiones arbitrales “revistiendo” el hecho de “error técnico en la aplicación del reglamento”  (o “ error material manifiesto” como consta en algunas resoluciones de la RFEF) para que no se entienda que se está rearbitrando el partido.

Volviendo al gol de Kiessling, nos preguntamos: ¿es error de apreciación o error técnico del colegiado internacional Brych?. Pues bien desde @deportedeley entendemos que es un error de apreciación inducido por un error técnico del equipo arbitralpuesto que en la Regla 6 de las anteriormente mencionadas “Reglas del Juego FIFA” se establece que los asistentes deben “inspeccionar el  terreno de juego, los balones a emplear y el equipamiento de los jugadores”, actuación que no se debió hacer o se hizo irregularmente.

La Federación Alemana ha decidido elevar consulta a la FIFA, puesto que en el precedente citado del partido entre el Munich 1860 y el Karlsruhe ésta se opuso a que el partido se repitiera, y por lo tanto esperará la respuesta del máximo organismo internacional para adoptar una decisión, pero creemos que la FIFA aconsejará que no se «rearbitre» el encuentro y zanjar una vez más esta polémica. Queremos aclarar que no somos partidarios del rearbitraje de partidos, pero entendemos que ante errores tan flagrantes como éste se deberían adoptar las medidas necesarias para resarcir al club perjudicado, sobre todo por el bien de la competición y su imagen. ¿Qué ocurriría si este gol se hubiera concedido en una final de un mundial o en el clásico de este próximo sábado?…seguramente nunca lo sabremos.

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Categoria FÚTBOL

TODAS LAS CLAVES DEL CASO DIEGO COSTA

Tras las nuevas informaciones relativas al “Caso Diego Costa” en las que se reflejan que la Confederación Brasileña de Futbol (CBF) ha indicado a la RFEF que cuentan con el jugador y que podrían incluirle en la próxima convocatoria para los amistosos de noviembre y que si D. Vicente del Bosque lo convoca para los mismos, se crearía un conflicto que resolvería la Comisión del Estatuto del Jugador (en adelante, CEJ), desde @deportedeley consideramos necesario realizar unas serie de aclaraciones.
                                                                                  fuente foto: www.plazadeportiva.com
Como ya expusimos en nuestro post de 25 de septiembre de 2013, Del Bosque no puede convocar a Diego Costa, mientras éste no solicite un cambio de asociación a la Secretaría General de la FIFA y este cambio sea aceptado por la CEJ.
Por tanto, en este momento nos encontramos ante dos supuestos de hecho:

.- Si Diego Costa no ha solicitado el cambio de asociación (Cap. 3, art.8.1 a) Estatutos FIFA): El jugador sólo puede ser convocado por la CBF, pero podría seguir acogiéndose con posterioridad al derecho que le otorga la norma y solicitar el cambio de asociación, dado que seguiría sin haber disputado un partido oficial con la Selección Brasileña.

.- Si Diego Costa ha solicitado el cambio de asociación (Cap. 3, art.8.1 a) Estatutos FIFA): una vez remitida la solicitud por el propio jugador a la Secretaría General de la FIFA, la CEJ resolverá si se concede o no ese cambio. Si se concede, exclusivamente podrá ser convocado por la Selección Española y si no se concede el cambio de asociación, únicamente podrá participar y jugar con la Selección Brasileña. Además, el punto 3 del citado artículo 8 establece claramente que el jugador, en este caso Diego Costa, no podrá ser convocado con ninguna de las asociaciones hasta que la solicitud haya sido tramitada

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Categoria FIFA, RFEF

LIMPIEZA DE AMARILLAS ANTES DE BRASIL 2014

Dentro de la “semana de selecciones” y de los distintos partidos oficiales de la fase preliminar de la Copa del Mundo Brasil 2014, desde @deportedeley hemos considerado interesante analizar la normativa vigente relativa a las amonestaciones, con el fin de poder establecer si algún jugador de la Selección Nacional puede verse afectado en la fase final de la citada competición.

                                                                          fuente foto: www.marca.com
Con relación a este aspecto, hemos observado que el Reglamento de la Copa Mundial de la FIFA Brasil 2014 no establece nada relativo a las amonestaciones y expulsiones, remitiendo en todo caso a lo estipulado en el Código Disciplinario.

El artículo 17 del Código Disciplinario, relativo a las amonestaciones, establece en el punto 3 lo siguiente:

“Un jugador quedará suspendido automáticamente para el próximo partido de una misma competición si ha recibido dos amonestaciones en dos diferentes partidos de una misma competición de la FIFA. Excepcionalmente, la Comisión Disciplinaria de la FIFA puede anular o modificar esta regla para una competición en particular. Esta decisión por parte de la Comisión Disciplinaria será definitiva.”

En base a la primera parte de este artículo, y al no establecer lo contrario la norma específica de la competición, cualquier jugador que reciba dos amonestaciones en partidos distintos de la misma competición deberá cumplir con un partido de sanción. Por tanto, y hasta este punto, los jugadores Xavi, Piqué, Arbeloa, Cesc, Mario Suárez y Juanfran  si reciben una tarjeta amarilla en el partido de mañana, en principio no podrían participar en el primer partido de la fase final de la Copa del Mundo o en caso de quedar segundas del grupo (algo improbable), en el partido de ida de la repesca. De hecho, recordamos que en aplicación de este articulo 17.3, el jugador David Silva cumplió un partido de sanción en la vuelta contra Francia, al haber sido amonestado en la ida contra Bielorrusia y contra Finlandia.

En cambio, el citado artículo establece una excepción mediante la cual, la Comisión Disciplinaria puede anular o modificar esta regla para una competición particular, y así lo ha hecho el Secretario General de la FIFA, Jerome Valcke, mediante circular de fecha 7 de octubre de 2013 destinada a las asociaciones miembro en la que informa que:

“…En nombre de la Comisión Disciplinaria de la FIFA, les comunicamos que las tarjetas amarillas y las suspensiones por partido, derivadas de dos amonestaciones en dos encuentros diferentes de la competición preliminar, NO SE APLICARÁN en la fase final, en Brasil”

 

Por tanto, desde @deportedeley señalamos que los jugadores Xavi, Piqué, Arbeloa, Cesc, Mario Suárez y Juanfran no se perderán el primer partido de la fase Final de Brasil 2014 aunque reciban una amonestación contra Georgia.

Aun así,  debemos señalar que en caso de quedar segundas de grupo, si deberían cumplir el partido de sanción en el partido de ida de la “repesca”, dado que está excepción sólo se aplica una vez clasificados para la fase final.
Y por último, señalamos que también cumpliría un partido de sanción cualquier jugador que recibiera una tarjeta roja directa o dos amonestaciones contra Georgia, dado que la excepción solo afecta a las amonestaciones en encuentros diferentes.
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Categoria BRASIL 2014, FIFA