DECLARACIONES "PITADAS"

Debido a la polémica generada por las declaraciones de la Presidente de la Comunidad de Madrid, Doña Esperanza Aguirre, desde @deportedeley hemos considerado oportuno realizar este post, dado que no lo hemos visto publicado en ningún sitio y según nuestro criterio tiene bastante relevancia jurídica.
 
Partiendo de la base que entendemos que debe respetarse el derecho a la libertad de expresión por parte de todas las partes implicadas, no parece entendible defender que se tenga derecho a silbar un himno y no a dar una opinión muy personal como la que realizó la Presidenta.
En primer lugar  recordamos que el Juzgado Central de Instrucción en fecha 15 de julio de 2009, ya se pronunció sobre esta cuestión, inadmitiendo la querella presentada por la Fundación Denaes, al considerar que los hechos descritos (silbar al himno) no pueden ser constitutivos de delito (injurias al rey, apología del odio nacional o ultrajes a España), considerando el Magistrado que esos hechos se encuentran amparados dentro del derecho a la libertad de expresión.
A mayor abundamiento, en fecha 28 de julio de 2009, la meritada Fundación interpuso recurso de apelación contra el auto de fecha 15 de julio de 2009 y, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, mediante Auto de 21 de septiembre del mismo año decide desestimar el recurso presentado dado que considera que si bien es cierto que «los Monarcas debieron aguantar comportamientos más que desagradables, no nos encontramos en presencia de una conducta injuriosa en los términos descritos en el Código Penal para con el Jefe de Estado ni tampoco del delito de ultrajes a España definido en dicho texto legal y del delito de apología del odio nacional».
En este punto y a modo de conclusión es importante resaltar que contra el citado Auto no cabe recurso alguno y por lo tanto adquiere firmeza, salvo que se haya presentado recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (otra cuestión sería analizar si realmente hay vulneración o no de derechos fundamentales para iniciar el mismo), y por ello no es entendible que la misma Fundación Denaes haya presentado en fecha 22 de mayo de 2012 una nueva querella ante la Audiencia Nacional, salvo que hayan realizado una fundamentación jurídica totalmente distinta, que no conoceremos hasta que no haya nuevo pronunciamiento de la Audiencia.
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Texto integro Auto 15 de julio de 2009 (fuente http://www.iusport.es/)

Texto integro Auto 21 de Septiembre de 2009 Sala de lo Penal (fuente http://www.elpais.com/)

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Categorias COPA DEL REY, FÚTBOL

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