EL CASO SION

Uno de los temas que más noticias está generando en la prensa deportiva esta temporada 2011/2012 relativa a Derecho y Fútbol, es sin duda, el del club suizo Sion F.C. y su participación en la Europa League.
El Sion F.C. obtuvo su clasificación deportiva para participar en la mencionada competición al ganar por un global de 3-1 en la previa de la Europa League al club escocés Celtic de Glasgow. Una vez concluida la eliminatoria, el Comité de Control y Disciplina de la UEFA decidió, previa solicitud del Celtic de Glasgow, descalificar al Sion F.C. por alineación indebida en los dos partidos disputados. Esta decisión conllevó la sustitución del Sion F.C. por el Celtic de Glasgow, el cual ha quedado integrado en el grupo I, donde se encuentra el Atlético de Madrid.
Esta alineación indebida se basó en la alineación de 5 jugadores supuestamente fichados en un periodo de prohibición de contrataciones impuesto al Sion F.C. por resolución del DRC (“Dispute Resolution Chamber”), órgano decisorio de la FIFA que se encarga de las tareas de arbitraje y resolución de disputas. Según esta resolución de fecha 16 de abril de 2009, se prohíbe al Sion F.C. registrar nuevos jugadores de cualquier nacionalidad durante los dos próximos periodos de fichajes, una vez sea notificada la misma, debido a la contratación del portero egipcio Essam El Hadary, el cual tenía contrato en vigor con el equipo egipcio Al AhlySporting Club.
Hasta este momento, todas las resoluciones se han producido dentro del seno de FIFA y UEFA y por tanto estamos dentro del marco del derecho privado.
El momento clave se produce cuando el Sion F.C. decide, al no estar de acuerdo con la descalificación de la Europa League, acudir a las Jurisdicción Ordinaria y en este caso a los tribunales suizos. En primer lugar, se presentó recurso ante un tribunal cantonal de Valais, el cual desestimó el mismo por incompetencia de jurisdicción, esto es, que el citado tribunal considera que no debe conocer del asunto debido a que no se encuentra dentro de su “territorio”. Sin embargo el Tribunal Cantonal de Vaud, el cual si se considera competente, ordena a la UEFA en fecha 13 de septiembre de 2011, a que readmita al Sion F.C. en la competición Europa League.
Desde el primer momento, la UEFA insiste en que sólo admitirá al citado club, en caso de que el TAS (Tribunal Arbitral del Deporte) resuelva a favor del Sion F.C., dado que considera que es el órgano competente para resolver, incumpliendo de esta manera la decisión judicial.
En este punto es donde nos encontramos con las dos posturas claramente diferenciadas. Por un lado, la UEFA considera que el Sion nunca debió acudir a la vía civil, dado que conforme al artículo 64, párrafo 2 de los estatutos de la FIFA, se prohíbe el recurso ante los tribunales ordinarios, a menos que se especifique en la reglamentación FIFA, y por otro lado el Sion F.C. considera que acudir a los tribunales ordinarios es un derecho fundamental en Suiza, sede tanto del club como de UEFA y FIFA, y los tribunales le han dado la razón.
Desde mi punto de vista, en cuanto al fondo del asunto considero que el Sion F.C. tiene razón dado que la sanción de prohibición durante dos periodos de fichajes (mercado de verano e invierno), ya había terminado cuando realizan el fichaje de los 6 jugadores en cuestión y, por tanto, no debió ser descalificado de la Europa League. Por tanto en mi opinión, la decisión  final debería ser incluir al Sion F.C. en la presente edición de la competición, aunque ya veremos cómo avanzan los acontecimientos en el próximo mes y quien acaba llevándose el gato al agua, mientras tanto, nosotros y el Atlético de Madrid debemos esperar.
Con relación a que tribunal es competente para conocer y resolver el asunto, es muy complejo decantarse por alguna, dado que considero que ambas partes tienen argumentos jurídicos defendibles.
Y para concluir os dejo una pregunta: ¿consideráis que el RCD Mallorca debía haber intentado su readmisión en la Champions League la temporada 2010/2011, mediante una demanda en los tribunales españoles?

Deja un Comentario

Categorias FÚTBOL, UEFA

Deja un comentario