El Real Madrid podría ser eliminado de la Copa del Rey por alinear al jugador Cheryshev sancionado con un partido de suspensión el pasado 6 de Marzo en la vuelta de las semifinales que perdió su anterior equipo, el Villarreal, frente al FC Barcelona. Este es el texto del acuerdo del Juez de Competición:
http://cdn1.sefutbol.com/sites/default/files/sanciones/copa_rey_semifinales_vuelta.pdf
La normativa a este respecto es clara. El artículo 56 del Código Disciplinario de la RFEF dispone lo siguiente al respecto del cumplimiento de sanciones por suspensión de partidos:
Artículo 56: del modo de cumplimiento de la suspensión por partidos.
Las sanciones de suspensión por partidos se someterán al siguiente régimen de cumplimiento:
1. La suspensión por partidos que sea consecuencia de la comisión de infracciones de carácter leve, implicará la prohibición de alinearse, acceder al terreno de juego, al banquillo y a la zona de vestuarios, en tantos aquellos como abarque la sanción por el orden en que tengan lugar, aunque por alteración de calendario, aplazamiento, repetición, suspensión u otra cualquiera circunstancia, hubiese variado el preestablecido al comienzo de la competición, en los partidos de la misma competición en que dicha infracción fue cometida. Se entiende por misma competición la que corresponde a idénticas categoría y división, incluidos, si los hubiere, tanto los torneos de promoción o permanencia, como la segunda fase. Todo ello sin perjuicio de lo establecido en el apartado 5 del presente artículo.
(…)
5. Cuando una competición hubiera concluido o el club de que se trate haya resultado eliminado y quedara pendiente el cumplimiento de algún partido de suspensión, la sanción se cumplirá en la próxima temporada.