Tras la decisión de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) y el posterior comunicado oficial por parte de la Liga de Fútbol Profesional (LFP), desde @deportedeley queremos aportar nuestro punto de vista.
En primer lugar, señalar que el artículo 114.2 del Reglamento General de la RFEF establece:
“La licencia de futbolista es el documento expedido por la RFEF, que le habilita para la práctica de tal deporte como federado, así como su reglamentaria alineación en partidos y competiciones tanto oficiales como no oficiales.”